Hola,
Como probablemente ya sepas el Tribunal Europeo ha dictado recientemente una Sentencia por la que se declara ilegal la recaudación del llamado céntimo sanitario a través del Impuesto de Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos por ser contrario a la Directiva sobre Impuestos Especiales.
Así, cualquier empresario, profesional, entidad jurídica, etc., que haya soportado la repercusión de este impuesto, es posible que pueda SOLICITAR SU DEVOLUCIÓN.
Debes tener en cuenta que para que sea interesante presentar dichas reclamaciones, debe tratarse de consumos importantes de combustible (transportistas, por ejemplo) ya sean empresarios o profesionales, que tengan en su poder las facturas justificativas correspondientes.
Puedes encontrar más información en la página de la AEAT: http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/_componentes_/_Le_interesa_conocer/Devolucion_del_Impuesto_sobre_las_Ventas_Minoristas_de_Determinados_Hidrocarburos___centimo_sanitario__.shtml
Y cuidado con cometer errores en la solicitud (Ver pregunta 20), ya que si se comete un error en la solicitud de devolución o no se puede justificar la devolución solicitada lo que se puede encontrar es un sanción.
Así pues, nos ponemos a tu disposición para el estudio, en tu caso, de tal posibilidad y, en su caso, encargarnos de las reclamaciones que puedan proceder.
Atentamente, recibe un cordial saludo.